domingo, septiembre 13, 2026
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Con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, aquellas personas que provoquen la muerte de otra al realizar disparos al aire serán procesadas por homicidio con dolo eventual, y no como homicidio involuntario, como ocurría en el pasado.

El nuevo marco legal endurece significativamente las sanciones para quienes hagan uso irresponsable de las armas de fuego.
Así lo informó la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, durante la conferencia titulada “Responsabilidad penal de los funcionarios públicos locales ante el nuevo Código Penal dominicano”, organizada por la Liga Municipal Dominicana (LMD).
“Los gatillos alegres, que hacen disparos al aire, no será homicidio involuntario si matan a alguien; ese delito va a llevar una pena como si fuera un homicidio con dolo eventual”, afirmó Reynoso.
Durante su intervención, la magistrada instó a que las novedades del Código Penal sean discutidas en los gobiernos locales, con los equipos de trabajo institucionales y también en el ámbito familiar, con el fin de generar mayor conciencia ciudadana.
También puso como ejemplo el caso de una persona que, conduciendo bajo los efectos del alcohol, cause la muerte de alguien en un accidente de tránsito. En ese escenario, la conducta también podría ser calificada como homicidio con dolo eventual, con penas mucho más severas.
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